Consejo de Estado. Equilibrio contractual. Incumplimiento contractual. Diferencia. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. Salvedades y reclamaciones del contratista. Deber de lealtad de las partes. Conducta de las partes. Mayor permanencia. Acreditación de perjuicios. (2022)
“En el presente asunto, lo acreditado fue la voluntad de las partes contratantes de evitar retrasos, dilaciones y pérdidas económicas por motivo del mayor tiempo que requirió la ejecución del contrato, a través de cinco (5) actas de suspensión del contrato, actos contractuales que ambas partes suscribieron sin que en modo alguno la contratista expresara salvedad u objeción por lo acordado, máxime si se tiene en cuenta que de las cinco (5) actas de suspensión solo una (1) se motivó de manera expresa y exclusiva en “la alta pluviosidad de estos últimos días ha venido afectando el rendimiento de la obra (…)”.