“En el presente asunto, lo acreditado fue la voluntad de las partes contratantes de evitar retrasos, dilaciones y pérdidas económicas por motivo del mayor tiempo que requirió la ejecución del contrato, a través de cinco (5) actas de suspensión del contrato, actos contractuales que ambas partes suscribieron sin que en modo alguno la contratista expresara salvedad u objeción por lo acordado, máxime si se tiene en cuenta que de las cinco (5) actas de suspensión solo una (1) se motivó de manera expresa y exclusiva en “la alta pluviosidad de estos últimos días ha venido afectando el rendimiento de la obra (…)”.
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