Consejo de Estado. El pliego es la Ley de la licitación. Reglas encaminadas a disuadir determinados comportamientos entre los oferentes para asegurar igualdad de condiciones. Presentación de ofertas. Presentación de más de una oferta. Igualdad de condiciones. Debe existir una verdadera competencia. Participación por interpuesta persona. Contrato. Actos precontractuales. Nulidad. Legitimación en la causa. (2020)
Para la Sala “se configuró la hipótesis prevista en la causal de rechazo que se examina, cuya finalidad era impedir que directamente o por interpuesta persona alguien pudiera participar en dos propuestas dentro del mismo grupo, pues ello erosionaba la igualdad de proponentes, y desfavorecía la verdadera competencia entre ellos[3].