Consejo de Estado. EJECUTIVO. Debe contener obligaciones claras, expresas y exigibles. Potestad–deber que le asiste al juez de revisar, incluso de manera oficiosa, los títulos ejecutivos. Todos los documentos que constituyan el título ejecutivo deben ser aportados en original o en copia auténtica. TÍTULO EJECUTIVO COMPLEJO. La obligación se deriva de varios documentos que, en conjunto, resultan suficientes para acreditar su exigibilidad. TÍTULO EJECUTIVO CONTRACTUAL. Por regla general corresponde a un título ejecutivo complejo. INEXISTENCIA DEL TÍTULO BASE DE EJECUCIÓN. Puede ser declarada a petición de parte o de oficio. TÍTULO EJECUTIVO. El juez debe verificar que reúna los requisitos para que preste mérito ejecutivo. TÍTULO EJECUTIVO – Competencia del juez para revisar los requisitos de existencia y validez del título base de ejecución. ESCRITURA PÚBLICA – Presta mérito ejecutivo la primera copia (2025)