Consejo de Estado. Acto administrativo. Desviación de poder cuando se expiden actos administrativos para cumplir compromisos políticos no asociados al buen servicio de la entidad. (2019)
Una autoridad administrativa obra con desviación de poder, cuando a pesar de tener la competencia para dictar el acto lo expide con un fin distinto al previsto por el ordenamiento jurídico. Las atribuciones o poderes otorgados por la ley a las autoridades deben ejercerse siempre en busca del interés general, del “buen servicio público” y, por ello, un poder ejercido con fines diferentes es un poder torcido o desviado de sus propios fines.