“Se insiste, por necesario, que la individualización de los conceptos integradores del AIU y, más aún, su ponderación porcentual separada, es de la mayor importancia no solamente para la evaluación de la propuesta, sino para la gestión misma del contrato y, desde el plano obligacional, para el control y mantenimiento del régimen sinalagmático pactado por las partes, a tal punto que, por ejemplo, sobre la base del porcentaje de utilidad es que se concreta el restablecimiento del equilibrio económico del contrato. En otras palabras, el AIU “es indispensable definirlo para conocer el riesgo y la seguridad que se tiene al ejecutar e iniciar un presupuesto de obra. Es importante porque determina la seguridad y confiabilidad que se tiene al desarrollar el control de costos del presupuesto (…)”.
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