"... dado que no existe en la ley 80 norma que regule la forma en que se debe notificar la Resolución que declara desierta la licitación, resulta aplicable, por regular hechos idénticos, lo dispuesto en el art. 30 numeral 11 del mismo estatuto. En consecuencia, el acto administrativo mencionado debe ser comunicado a los proponentes que participaron en el proceso"
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