“… un convenio de asociación no es sinónimo de filantropía: si un contratante quiere apoyar a la entidad en el cumplimiento de sus funciones o cometidos –finalidad determinante del convenio– y, al mismo tiempo, obtener un beneficio con la celebración de un convenio de asociación –por ejemplo, ahondar en su política de responsabilidad corporativa–, no existe un fundamento legal que lleve a excluir tal posibilidad. Concluir lo contrario sería socavar la eficacia de este tipo de instrumento que pretende concitar esfuerzos en beneficio del cumplimiento de la función pública”. Ver más…