Consejo de Estado. CONTRATO DE CONSULTORÍA. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. CADUCIDAD DEL MEDIO DE CONTROL. La caducidad es de orden público y en tal virtud es de carácter irrenunciable y puede ser declarada de oficio por el juez competente cuando la encuentre probada. REGLAS PARA PLAZOS. Los plazos de gracia concedidos mediante acuerdo de las partes, con anterioridad al vencimiento del término, se entenderán como prórroga del mismo (2023)