Consejo de Estado. ACTOS DE NATURALEZA CONTRACTUAL. Deben ser enjuiciados a través de la acción de controversias contractuales. MEDIO DE CONTROL DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. Por oposición al contencioso objetivo, no tiene por propósito la protección del orden público o la conservación del orden jurídico, sino proteger derechos o intereses eminentemente subjetivos. LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA EN CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. INTERÉS DIRECTO. Se atribuye, en principio, a las partes de la relación negocial, considerando que la causa que origina el litigio tiene como fuente un contrato del cual solo pueden derivar derechos y obligaciones quienes conforman uno de sus extremos. LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA Y NULIDAD DE LOS ACTOS CONTRACTUALES. Al tratarse de actos de contenido eminentemente particular y concreto, los llamados legalmente a demandarlos son los titulares del derecho desconocido o vulnerado con su expedición. PERSONALIDAD JURÍDICA DE LAS SOCIEDADES. La constitución de una sociedad conlleva la formación de una persona jurídica distinta de los socios y con ocasión de los atributos de la personalidad y la autonomía que la ley le reconoce, la individualidad de cada una de las personas que la conforman se funde en un sujeto autónomo e independiente, con atributos propios que lo diferencian plenamente de los socios. PRINCIPIO DE GARANTÍA DE SEPARACIÓN PATRIMONIAL. La limitación del riesgo de los accionistas al monto del capital aportado, es una consecuencia económica del atributo de la personalidad jurídica que la ley atribuye a las sociedades comerciales. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS SOCIOS FRENTE AL CONTRATO ESTATAL. Se predica de las sociedades que se conformen bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley con el objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato estatal, como una garantía para asegurar su cumplimiento, lo cual no se contrapone a los atributos de la personalidad y los principios de autonomía y separación patrimonial que la ley reconoce a la persona jurídica legalmente constituida (2024)