Se dirige la acción en contra del señor XXXX, en razón de la suma de dinero conciliada por el departamento. En la audiencia de conciliación mediante el cual se ordenó el pago y reconocimiento, a favor de la unión temporal por la suma de $82.912.928 pesos m/cte por concepto de “impuesto o contribución especial de guerra licitación 002 de 1999”, valor que se considera un desmedro al patrimonio público atribuido a la culpa grave del demandado”.