“La controversia versa sobre un contrato de colaboración cuyo objeto era unir esfuerzos para desarrollar y ofrecer el programa de Especialización en Cooperación Internacional y Gestión Estratégica y la Maestría en Cooperación Internacional. El negocio jurídico fue terminado de manera unilateral y anticipada por decisión de una de las partes, quien además reclamó perjuicios al considerar que la terminación obedeció al incumplimiento de su cocontratante”.