Concepto CGR. TEORÍA DE LA PÉRDIDA DE OPORTUNIDAD. “¿La pérdida de oportunidad por caducidad, para la interposición del medio de control de controversias contractuales para la declaratoria de incumplimiento de un convenio o contrato en sede judicial, puede ser considerada como un hecho generador del daño en materia fiscal? Es decir, la teoría de perdida de oportunidad constituye un hecho generador del daño fiscal?”. La pérdida de oportunidad es una cuestión relevante en el derecho administrativo y puede dar lugar a reclamaciones indemnizatorias cuando se cumplen los requisitos establecidos por la jurisprudencia. Conforme a la teoría, se pretende el reconocimiento de un daño autónomo por la pérdida del chance u oportunidad cuando se tiene una expectativa legitima y probable de recibir un beneficio o adquirir un derecho (en sentido positivo), o que se evite un perjuicio (en sentido negativo), además dicha oportunidad si bien puede ser aleatoria, debe tener una probabilidad real de ocurrencia. En conclusión, la figura del daño por perdida de oportunidad, en principio, entra en contradicción con la condición del daño patrimonial de ser cierto, actual y cuantificable, sin embargo, en cada caso en concreto, se puede hacer el examen considerando los elementos de la responsabilidad fiscal, adelantar el ejercicio de hermenéutica jurídica y sobre todo probar la alta probabilidad de ocurrencia. DAÑO PATRIMONIAL AL ESTADO Y HECHO GENERADOR DEL DAÑO – DISTINCIÓN (2024)