Concepto CGR. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO ESTATAL. Daño fiscal. La ausencia del cumplimiento en la obligación de liquidar un contrato por sí mismo no conlleva necesariamente la consecuencia de un daño al patrimonio estatal, sino la pretermisión de una mandato legal. La omisión en la liquidación de un contrato es un hecho que “per se”, no es el daño sino la causa a un daño posterior que debe ser evidenciado como una circunstancia real, concreta y cuantificable por parte del operador jurídico, a quien, en cada evento particular y concreto, corresponde su análisis (2024)
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