Concepto CCE. SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA. Naturaleza jurídica. Régimen de contratación. CONVENIOS Y CONTRATOS INTERADMINISTRATIVOS. Concepto. Diferencias. Modalidad de selección i) ¿Cuál es el régimen jurídico aplicable a los contratos celebrados por una sociedad de economía mixta cuya participación proveniente del Estado es mayor al noventa por ciento (90%)? ii) ¿Una sociedad de economía mixta sometida al Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública – en adelante EGCAP – puede celebrar contratos y convenios interadministrativo para la ejecución y mantenimiento de obras? (2025)
"... las sociedades de economía mixta con participación mayoritaria del Estado, cuando sean las ejecutoras, no podrán celebrar bajo la modalidad de contratación directa la suscripción de los contratos interadministrativos mencionados en ella, entre ellos, el contrato de obra...".