Concepto CCE. REQUISITOS HABILITANTES. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES. DOCUMENTOS TIPO. Subsanabilidad del RUP con más de 30 días de expedición. Es posible subsanar el RUP dentro de los procesos de selección que adelanten las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, siempre que la prueba allegada demuestre que el hecho, esto es, la inscripción en el registro ocurrió con anterioridad al cierre del proceso, estando está en firme para dicho momento. FIRMEZA DEL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES. La firmeza del Registro Único de Proponentes (RUP) es esencial para la ejecución de los efectos del acto administrativo de inscripción, según lo establece el Consejo de Estado, que señala que una vez un acto es firme, se vuelve imposible de controvertir en sede administrativa y por ende ejecutable. La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado ha interpretado que, para la fecha del cierre del proceso, el proponente debe estar inscrito en el RUP con un acto administrativo en firme, ya que la mera solicitud o radicación de documentos no es suficiente (2024)
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