el índice de endeudamiento se encuentra definido por el artículo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015, como aquel que se «calcula dividiendo el pasivo total por el activo total, el cual determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación del proponente». En ese sentido, la interpretación que se obtiene de aplicar la formula financiera es que a mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad del proponente de no poder cumplir con sus pasivos, de tal forma que en el «Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de contratación», se recomendó a las entidades estatales que en sus Procesos de Contratación establezcan un límite máximo.
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