“… el criterio determinante para que las EPS de carácter privado estén obligadas a publicar en el SECOP radica en la celebración de contratos con recursos públicos. Es decir, en aquellos negocios jurídicos que no involucren recursos de esta naturaleza, no surge el deber de publicidad, ya que se trata de un interés netamente privado”.

Para descargar este contenido, debes adquirir Membresía 12 meses, Membresía 18 meses o Membresía 1 mes.
Facebook
Twitter
LinkedIn
login-contratacion-en-linea