Concepto CCE. PRINCIPIO DE ANUALIDAD. Principio rector. VIGENCIAS FUTURAS. Tipos. Distinción entre las vigencias futuras ordinarias y las excepcionales. RESERVAS PRESUPUESTALES. CUENTAS POR PAGAR. PAGOS DE PASIVOS EXIGIBLES – VIGENCIAS EXPIRADAS. Concepto. Procedencia. Deber de planeación. Justificación (2024)
Sobre la distinción entre las vigencias futuras ordinarias y las excepcionales el Consejo de Estado señaló que «la diferencia fundamental entre las vigencias futuras ordinarias y las vigencias futuras excepcionales, radica, esencialmente, en que en las primeras la ejecución se inicia con el presupuesto de la vigencia en curso, mientras que en las excepcionales, se afecta el presupuesto de vigencias futuras, sin apropiación en el presupuesto del año en que se concede la autorización”.