Concepto CCE. PUNTAJE ADICIONAL. PERSONAS EN CONDICIONES DE DISCAPACIDAD. SOCIEDADES EXTRANJERAS. PROPONENTE EXTRANJERO. Personal dentro del territorio nacional ¿Cómo opera el puntaje adicional reglamentado por el numeral 1 del artículo 2.2.1.2.4.2.6 del Decreto 1082 de 2015, adicionado por el artículo 1 del Decreto 392 del 2018 para los proponentes extranjeros? (2024)
"De este modo, es claro que los proponentes extranjeros en Colombia pueden acceder al puntaje adicional reglamentado por el Decreto 392 de 2018, siempre que cumplan con los requisitos señalados en párrafos anteriores, es decir, la certificación del número total de trabajadores vinculados a su planta de personal y la certificación expedida por el Ministerio de Trabajo que acredita la vinculación de personas con discapacidad".