Con la expedición de la Ley 2069 de 2020, que modificó de manera integral el procedimiento de selección de mínima cuantía y derogó de forma tácita el artículo 42 de la Ley 1955 de 2019, se retoma por esta Agencia el criterio interpretativo de que cuanto el Proceso de Contratación no exceda el diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la entidad, independientemente de su objeto, se debe adelantar el procedimiento de contratación con base en la modalidad de selección de mínima cuantía, en sus tres metodologías o mecanismos.
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