“La participación ciudadana en las decisiones del Estado tiene fundamento en la Constitución Política. En efecto, el artículo 2 de la Constitución dispone cuáles son los fines esenciales del Estado, entre ellos, “[…] facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación […]”. Por su parte, el artículo 270 de la Constitución atribuye a la Ley la organización de “[…] las formas y los sistemas de participación ciudadana que permitan vigilar la gestión pública que se cumpla en los diversos niveles administrativos y sus resultados”. Por tanto, la participación ciudadana es un elemento fundante del pacto social sobre el que se erige el Estado colombiano”.

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