La ley contempla unas excepciones a las inhabilidades e incompatibilidades para contratar. De esta forma, el artículo dispone cuatro supuestos en los cuales el régimen de inhabilidades e incompatibilidades no tiene aplicación. Al respecto, la norma señala que no quedan cobijados por las inhabilidades e incompatibilidades de que tratan los artículos anteriores las siguientes personas...
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