“… no se configura la causal si lo incluido en el sobre que no corresponde es información parcial de la oferta económica, como, por ejemplo, uno o varios de los precios unitarios. Con todo, es deber de cada entidad estatal hacer el estudio correspondiente de las circunstancias particulares de cada caso en aras de establecer si en efecto se configura esta o alguna de las demás causales de rechazo”.