“… las causales de rechazo aplicables a los procesos de contratación que se adelanten mediante documentos tipo son únicamente las establecidas directamente en la ley y las contenidas en el numeral 1.15 “Causales de rechazo” del documento base”. En este sentido, la entidad estatal deberá verificar cuál de los supuestos previstos se configura durante la evaluación del “Formulario 1 – Presupuesto Oficial”.”