Concepto CCE. Documentos tipo. Infraestructura de transporte. Subsanabilidad. Carta de presentación de la oferta. Es un requisito habilitante y subsanable. Sin embargo, la entidad debe verificar si existen circunstancias que configuren una causal de rechazo. La subsanabilidad de las ofertas en los procesos de selección después de la Ley 1882 de 2018. Rechazo de la oferta cuando el integrante de un proponente plural hace parte de más de una oferta. (2022)
“En este último sentido la Carta de Presentación de la Oferta, es una formalidad, que como se ha dejado claro, introduce al destinatario, en este caso, a la entidad estatal, la totalidad de los elementos que conforman la oferta. Los requisitos simplemente formales pueden ser subsanados de acuerdo con la regla de subsanabilidad que se analiza en acápite 2.4 de este concepto. En este sentido, la carta de presentación de la oferta es un requisito habilitante dentro del proceso de contratación, que puede subsanarse”.
Teniendo en cuenta que su consulta se relaciona con un error en el «Formato 1 – Carta de presentación de la oferta», que se presenta al proceso de selección adelantado mediante los «Documentos Tipo – Versión 3», debido a que se incluyó una persona jurídica en un consorcio, y esta hace parte de otro consorcio también, es necesario analizar las causales de rechazo y la subsanabilidad en los procesos de contratación”.