Concepto CCE. DOCUMENTOS TIPO. INALTERABILIDAD. Infraestructura de transporte. EXPERIENCIA. CERTIFICADOS DE FACTURACIÓN. ¿Es posible aportar cuentas de cobro? Aplicación del numeral 3.5.6 del Documento Base de los documentos tipo de infraestructura de transporte, para la acreditación de la experiencia entre particulares. Para acreditar la experiencia entre particulares, el numeral 3.5.6 del Documento Base de los documentos tipo de infraestructura de transporte, señala que el proponente deberá aportar, adicionalmente, alguno de estos documentos: “Certificación de facturación expedida con posterioridad a la fecha de terminación del contrato emitida por el revisor fiscal o contador público del proponente que acredita la experiencia, según corresponda, con la copia de la tarjeta profesional y certificado de antecedente disciplinarios vigente, expedido por la Junta Central de Contadores, o los documentos equivalentes que hagan sus veces en el país donde se expide el documento del profesional”. De esta manera, los documentos equivalentes a que se refiere el aludido numeral versan sobre aquellos que debe acreditar el revisor fiscal o contador público, y no sobre la certificación de facturación. Esto implica que dicha certificación debe aportarse, de manera adicional, cuando se pretenda acreditar experiencia entre particulares, sin que sea posible reemplazarla por otro documento (2024)
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