Concepto CCE. DOCUMENTOS TIPO. Inalterabilidad. EJERCICIO DE LA INGENIERÍA. Presentación de ofertas. Persona natural. Aval. Título de ingeniería. La persona natural que presente propuesta en un proceso de contratación, en el que se oferte un objeto que implique actividades catalogadas como ejercicio de la ingeniería, deberá acreditar título profesional en ingeniería. Ante la ausencia de dicho título, no es válido que la persona natural participe con el aval de un ingeniero de la rama relacionada con el objeto del proceso de contratación. PRÁCTICAS ANTICOMPETITIVAS. COLUSIÓN. En Colombia las prácticas anticompetitivas en compras públicas componen una infracción administrativa y un delito penal, por lo cual la Entidad Estatal debe denunciar actividades irregulares a las autoridades competentes. PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Veedurías. Control social. El ordenamiento jurídico no contempló limitación alguna frente a los sujetos que pueden presentar observaciones en las diferentes etapas de los procesos de selección (2022)
en los procesos de licitación de obra que desarrollen actividades catalogadas como ejercicio de la ingeniería, no podrá un profesional diferente a esta área–como persona natural– presentarse como proponente, ni avalar una propuesta de una persona jurídica, toda vez que en estos procesos se deberá acreditar título profesional en ingeniería. En todo caso, es necesario que se observe si la obra ofertada puede ser ejecutada por un profesional diferente a un ingeniero, por tratarse de una actividad no calificada como ejercicio de la ingeniería”.