A los convenios previstos en el artículo 96 de la Ley 489 de 1998 les aplica el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –integrado por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y sus demás normas complementarias–, pues el Decreto 092 de 2017 –que es el reglamento autónomo que regula dichos convenios–, se remite, en el artículo 8, a «las normas generales aplicables a la contratación pública». Esto significa que en lo que no tenga una reglamentación especial en el Decreto 092 de 2017 deben aplicarse las normas generales a las que se ha hecho referencia.
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