"... los entes universitarios autónomos no pertenecen a la rama ejecutiva del poder público. En consecuencia, no les aplica lo establecido en la Directiva Presidencial No. 08 del 17 de septiembre de 2022, pues, según se explicó, este cuerpo normativo está dirigido a las «Entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional», como se lee en su primera página. Esto no se opone a que, en ejercicio de su autonomía, los entes universitarios autónomos puedan adoptar, como buena práctica contractual, las medidas previstas en le referida Directiva Presidencial”.
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