Concepto CCE. Contratación directa. Pluralidad de oferentes. Único proveedor. Justificación. ¿Qué características determina ser único oferente en el mercado? (2021)
[…] no existe pluralidad de oferentes cuando solo una persona puede proveer el bien o servicio por ser titular de los derechos de propiedad industrial o de los derechos de autor. De esta manera, no basta con que sea la única persona capaz de ejecutar el contrato, pues se debe justificar una situación de derecho que impida que otra lo haga de forma igual o similar.