Concepto CCE. CONTRATACIÓN CON ESAL. Decreto 092 2017. SECOP II. Registro. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO de bienes inmuebles fiscales para desarrollar actividad religiosa (2023)
"... las entidades estatales, de conformidad con la causal i) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, bien pueden suscribir contratos de arrendamiento de inmuebles fiscales con las ESALES, siempre que estas no contravengan expresa prohibición legal y tampoco se encuentren incursas en causal de inhabilidad o incompatibilidad. Para tales efectos, deben acreditar su existencia y representación legal con el debido certificado, del cual uno de sus componentes es la información financiera”.