Concepto CCE. CIERRE DEL EXPEDIENTE CONTRACTUAL. Concepto. Decreto 1082 de 2015. No opera para una modalidad de selección en particular ¿Cuándo es obligatorio? (2025)
“La norma, como se dijo previamente, establece que el cierre del expediente debe llevarse a cabo únicamente en dos eventos: i) cuando la administración establece condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes; o ii) una vez vencidos los términos de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento".