“… el inciso 3 del artículo 50 de la Ley 789 de 2002 no dispone que las personas jurídicas deban acreditar el pago de los aportes de sus contratistas ni, mucho menos, prescribe el aporte de las planillas de pago”.
“… el inciso 3 del artículo 50 de la Ley 789 de 2002 no dispone que las personas jurídicas deban acreditar el pago de los aportes de sus contratistas ni, mucho menos, prescribe el aporte de las planillas de pago”.