Concepto CCE. APORTES PARAFISCALES. SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL. Si el proponente es una persona jurídica deberá acreditar el pago de los aportes de los empleados o contratistas, con la certificación del revisor fiscal o representante legal, cuando no existe el primero. Para el caso de los contratistas, la acreditación podrá hacerse presentando la planilla donde conste dicho pago. REPRESENTANTE LEGAL. Teniendo en cuenta que el Estatuto General de Contratación determina como requisito para participar en un proceso o celebrar un contrato estatal, la acreditación de encontrarse afiliado y al día en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral por parte de la persona jurídica y sus integrantes, el representante legal al ser parte integral de esta, deberá ser incluido en los soportes presentados por la persona jurídica para acreditar el pago de los aportes de los empleados o contratistas que hagan parte de su planta de personal (2019)
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