Consejo de Estado. LIBERTAD NEGOCIAL. La Ley 80 de 1993 la reconocen siempre que los acuerdos no sean contrarios a la Constitución, la ley, el orden público y a los principios y ritualidades de la contratación estatal y los de la buena administración. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Diferencia entre la legislación del Decreto Ley 222 1983 y la Ley 80 de 1993. Naturaleza jurídica. Con la expedición de la Ley 80 de 1993 desapareció la regulación específica para el contrato de arrendamiento estatal y la normativa acerca de un plazo máximo para el arrendamiento predeterminado en la ley. Renovación del contrato. Prórroga del contrato. Prórroga automática. PLAZO DEL CONTRATO. Una estipulación en virtud de la cual se pacte un plazo contractual distinto, diferente o ajeno al que se requiere para la propia ejecución del contrato, con el pretexto de extender su vigencia, no deja de ser una cláusula artificial que no está llamada a producir efecto alguno. RENOVACIÓN TÁCITA. No es procedente por la formalidad escrita que exige la Ley 80 de 1993 (2013)