Consejo de Estado. Naturaleza jurídica del Acta de liquidación bilateral, y diferencia con las Actas de obra o Actas de pago. (2014)
"... si una parte no deja salvedades en el contrato adicional, para demostrar que no existió acuerdo total en las condiciones del contrato, y reclama la responsabilidad futura de quien propició la adición o modificación, no podrá luego exigir el pago de perjuicios por la razón que dio lugar al contrato, porque conoció –o debió conocer- la causa y los efectos que producía suscribirlo".