Concepto CCE. CUOTA DE APRENDICES. Trabajadores para ejecución de contrato estatal. Alcance. Ley 789 de 2002. Artículo 32. Vinculación de aprendices. ¿Cuál es el alcance de la obligación establecida en el artículo 32 de la Ley 789 de 2002 en materia de contratación estatal? (2026)
“… las empresas que suscriban contratos estatales deben tener en cuenta y cumplir con todas aquellas obligaciones que la ley les impone durante su ejecución, como es el caso de la cuota mínima de aprendices referida en el artículo 32 de la Ley 789 de 2002. Corresponde entonces a cada proveedor que pretende participar en un proceso de contratación estatal verificar los costos que le impone el cumplimiento de sus obligaciones, incluyendo aquellas asociadas a la vinculación de trabajadores para el desarrollo del objeto contractual.”