Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES. Idoneidad. TÍTULO DE IDONEIDAD. Régimen constitucional. Tarjeta profesional. EJERCICIO PROFESIÓN DE ABOGADO. Ley 1905 de 2018 – Ámbito de aplicación. Examen de Estado. ¿Resulta jurídicamente viable la contratación, por parte de una entidad estatal, de una persona recién graduada en Derecho que aún no cuenta con tarjeta profesional, para el desempeño de funciones propias del ejercicio de la abogacía? (2026)
“… si las funciones a desempeñar son meramente operativas, administrativas o de apoyo a la gestión —sin ejercicio del derecho como profesión regulada—, no se requerirá tarjeta profesional, sea definitiva o provisional. Por tanto, la validez de la contratación depende del tipo de vínculo, del contenido funcional del cargo o contrato, y de si el abogado con tarjeta provisional está o no protegido por la decisión de la Corte Constitucional.”
Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Régimen Jurídico. Tipologías. Idoneidad. TÍTULO DE IDONEIDAD. TARJETA PROFESIONAL. Ejercicio de la profesión de abogado. Ley 1905 de 2018. Examen de estado. ¿Es jurídicamente viable que una Entidad Estatal contrate bajo la modalidad de prestación de servicios, a una persona egresada del programa de Derecho que aún no cuenta con tarjeta profesional, para realizar actividades de tipo jurídico en calidad de abogado? (2025)
“… las entidades estatales tienen la obligación de verificar la idoneidad del futuro contratista de prestación de servicios, conforme lo indica el Decreto 1082 de 2015 en el artículo 2.2.1.2.1.4.9. Esto con la finalidad de determinar si el f cumple con los requisitos de ley y las competencias necesarias para el servicio específico que se va a prestar.”
Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Régimen jurídico. Tipologías. Idoneidad. Título de idoneidad. EJERCICIO PROFESIÓN DE ABOGADO. Ley 1905 de 2018. Examen de estado. ¿Es jurídicamente viable que una Entidad Estatal contrate bajo la modalidad de prestación de servicios, a una persona egresada del programa de Derecho que aún no cuenta con tarjeta profesional, para realizar actividades de tipo jurídico en calidad de abogado? (2025)
“… no es viable jurídicamente que una Entidad Estatal contrate bajo la modalidad de prestación de servicios a un abogado que aún no cuenta con tarjeta profesional, toda vez que, este documento es un requisito de idoneidad para celebrar contratos de prestación de servicios profesionales que impliquen el ejercicio de la abogacía.”
Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Régimen jurídico. Idoneidad. Título de idoneidad. Ejercicio profesión de abogado. ¿Puede una persona que posee título de abogado y cuenta con tarjeta profesional provisional ser jurídicamente contratada por una entidad estatal para ejercer funciones propias de la abogacía, o se requiere necesariamente la tarjeta profesional definitiva expedida por el Consejo Superior de la Judicatura para la validez del contrato y el ejercicio legal de dichas funciones? (2025)
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Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Régimen jurídico. Tipologías. Idoneidad. Título de idoneidad. Ejercicio de la profesión de abogado. Requisitos. Inscripción. Tarjeta profesional. ¿Es jurídicamente viable que un profesional en derecho pueda celebrar contratos con una Entidad Estatal sin tener la tarjeta profesional? (2025)
“… el contrato de prestación de servicios profesionales requiere que el abogado cuente con la tarjeta profesional, ya que se asume que realizará funciones jurídicas sustantivas, como asesoría legal o litigios. En cambio, el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión no exige la tarjeta profesional, ya que las funciones son de soporte administrativo o gestión, sin intervención directa en el ejercicio del derecho.”
Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Régimen jurídico. Tipologías. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES. Idoneidad. Título de idoneidad. Tarjeta profesional. Ejercicio de la profesión de abogado. Egresado. Examen de estado para obtener la tarjeta profesional. ¿Es necesario acreditar la aprobación del Examen de Estado previsto en la Ley 1905 de 2018 para celebrar contratos de prestación de servicios profesionales que no impliquen representación judicial? (2025)
“… el requisito establecido por la Ley 1905 de 2018, no resulta exigible para celebración de contratos de prestación de servicios profesionales que impliquen el ejercicio de la abogacía, con aquellas personas beneficiadas por los efectos inter pares de la orden contenida en el ordinal sexto de la Sentencia SU-128 de 18 de abril de 2024 de la Corte Constitucional.”
Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Régimen jurídico. Tipologías ¿Una entidad pública puede contratar un abogado que no ha aprobado el Examen de Estado del Consejo Superior de la Judicatura para la prestación de servicios profesionales, teniendo en cuenta lo establecido por el artículo 1 de la Ley 1905 de 2018? (2025)
“el requisito establecido por la Ley 1905 de 2018, no resulta exigible para celebración de contratos de prestación de servicios profesionales que impliquen el ejercicio de la abogacía, con aquellas personas beneficiadas por los efectos inter pares de la orden contenida en el ordinal sexto de la Sentencia SU-128 de 18 de abril de 2024 de la Corte Constitucional.”
Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Abogado. Tarjeta profesional. Ejercicio de la profesión. Examen ¿Una entidad pública puede contratar un abogado que no ha aprobado el Examen de Estado del Consejo Superior de la Judicatura para la prestación de servicios profesionales, teniendo en cuenta lo establecido por el artículo 1 de la Ley 1905 de 2018? (2025)
“es legalmente válido permitir que un abogado preste servicios jurídicos sin presentar el examen de idoneidad en los casos mencionados en la Sentencia SU-128 de 18 de abril de 2024, y las entidades pueden implementar mecanismos temporales para validar sus competencias mientras se resuelven las cuestiones relacionadas con el examen y la tarjeta profesional”.
Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Concepto. Objeto. Idoneidad. Estudios previos. Condiciones para su ejecución. EJERCICIO DE ABOGADO. Ley 1905 de 2018. Sentencia SU 128 2024. Efectos. ¿Es necesario acreditar la aprobación del Examen de Estado previsto en la Ley 1905 de 2018 para celebrar contratos de prestación de servicios profesionales que no impliquen representación judicial? (2024)
De conformidad con lo establecido por la Ley 1905 de 2018, la aprobación del Examen de Estado creado por dicha norma se torna en un requisito exigible para el ejercicio de la abogacía, incluso para aquellas actividades que no impliquen representación judicial. Excepciones:
Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Concepto. Objeto. Idoneidad. Experiencia. Estudios previos. CERTIFICADO DE VIGENCIA DE LA TARJETA PROFESIONAL DE ABOGADOS. TARJETA PROFESIONAL. ¿La tarjeta profesional de abogados es un requisito de idoneidad para contratar con el Estado en actividades que no requiere la representación judicial? (2024)
“En todo caso, tratándose contratos de prestación de servicios, los estudios previos deben entrar a justificar las particularidades del objeto contractual de cara a la satisfacción de la necesidad de la Entidad Estatal en atención a la cual se requiere el respectivo contrato. De esto dependerán las regulaciones que se establezcan en la minuta del contrato en cuanto a la temporalidad, pago y demás asuntos relevantes del negocio jurídico, que, sin perjuicio de estar mediados por la autonomía de la voluntad de las partes para establecer las condiciones del contrato, deben tener una justificación expresada en los estudios y documentos previos”.