Concepto CCE. CONVENIOS INTERADMINISTRATIVO. PUBLICIDAD SECOP. ¿Está una entidad estatal obligada a publicar en el Sistema Electrónico de Contratación Pública –SECOP– los convenios interadministrativos que celebró en años anteriores y que actualmente se encuentran en ejecución, pese a que no fueron registrados oportunamente en la plataforma al momento de su suscripción? (2025)

“… en virtud del principio de transparencia, específicamente por cuenta de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, así como por el principio de máxima publicidad establecido en el artículo 2 de la Ley 1712 de 2014, el contenido del expediente en el que reposa la actuación es información pública, independientemente de si se trata de documentos que deban publicarse en SECOP.”

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Concepto CCE. PRINCIPIO DE MÁXIMA PUBLICIDAD. ACCESO A LA INFORMACIÓN. Carácter público. Expediente físico. ¿Es obligación de la entidad pública permitir el acceso al expediente físico de un proceso contractual a cualquier ciudadano interesado? (2025)

“… El principio de máxima publicidad establece que “toda información en posesión, bajo control o custodia de un sujeto obligado es pública y no podrá ser reservada o limitada sino por disposición constitucional o legal”. El principio de transparencia en la información alude al deber de los sujetos de proporcionar y facilitar el acceso a la misma en los términos más amplios posibles, y a través de los medios y procedimientos que establezca la ley. Finalmente, el principio de buena fe hace referencia al deber de todo sujeto obligado de cumplir con las obligaciones derivadas del derecho de acceso a la información pública con motivación honesta, leal y desprovista de cualquier intención dolosa o culposa.”

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