Concepto CCE. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Amparos. Finalidad. ORGANISMOS INTERNACIONALES. Concepto. Régimen contractual. ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO. Reglamentos. ¿cuál es el régimen de garantías aplicable a los contratos financiados con recursos provenientes de organismos multilaterales de crédito? (2026)
En esta hipótesis, no son exigibles los criterios establecidos en el EGCAP, por lo que, al existir una remisión absoluta a los reglamentos de los organismos internacionales, éstos deben aplicarse de manera integral. Contrario sensu, si las partes deciden someter dichos contratos a la Ley 80 de 1993, los negocios suscritos se rigen por el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007; razón por la cual, con los requisitos establecidos en el Decreto 1082 de 2015, los amparos pueden cubrirse a través de pólizas de seguro, fiducias en garantía o garantías bancarias.