Concepto CCE. APLICACIÓN DE LA LEY 330 DE 1996 A LAS CONTRALORÍAS DEPARTAMENTALES. Restricciones a la posibilidad de contratar servicios personales mediante contratos de prestación de servicios, CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Concepto. ¿Es procedente que la Contraloría Departamental del Guaviare, contrate mediante la modalidad de prestación de servicios el apoyo jurídico para el área de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva, con el fin de cumplir compromisos del Plan de Mejoramiento de la AGR y del informe de Control Interno, ante la sobrecarga laboral y falta de personal en dicha dependencia? ¿Qué actividades podrían desarrollar los contratistas, considerando que la responsabilidad y firma de documentos corresponde exclusivamente al Contralor Auxiliar, sin que se configure una delegación de funciones? ¿Qué otros elementos deben considerarse para delimitar adecuadamente esta contratación? (2025)

“De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 330 de 1996, las contralorías departamentales tienen expresamente prohibido contratar la prestación de servicios personales para el cumplimiento de funciones asignadas a los empleos de su planta de personal”.

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