Consejo de Estado. Fraccionamiento del contrato estatal. Selección objetiva. Factores de evaluación. Lugar de residencia. Proceso de selección. Direccionamiento. (2001)
CE. 1373 CONTRATACIÓN ESTATAL – Fraccionamiento de contratos / FRACCIONAMIENTO DE CONTRATOS – Prohibición / SELECCIÓN OBJETIVA DEL CONTRATISTA – Principios a los que debe sujetarse elaboración de pliego de condiciones / PLIEGO DE CONDICIONES – Principio de igualdad. FRACCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Si bien dicha figura no aparece dentro del estatuto actual en los mismos términos de los estatutos anteriores, ello obedece a la estructura misma de la ley 80.
Consejo de Estado. Modificación del contrato. Límites. Ius variandi. Fraccionamiento del contrato estatal. Compilación de jurisprudencia (2019)
Fraccionamiento del contrato estatal. “Aunque la norma de prohibición expresa fue derogada con el actual Estatuto General de Contratación, el Consejo de Estado ha reiterado que la prohibición se mantiene, para que no se suscriban dos o más contratos con el mismo objeto, generalmente con la finalidad de evadir el proceso de selección”.
Consejo de Estado. Fraccionamiento del contrato estatal. (1989)
FRACCIONAMIENTO DE CONTRATOS – Improcedencia / REGIMEN CONTRACTUAL – Distrito especial de Bogotá / CONTRATO – Casos en que puede darse fraccionamiento de contrato
Consejo de Estado. Objeto del contrato. Fraccionamiento del contrato. Decreto 150 de 1976. (1976)
“Cuando el artículo 44 habla del objeto del contrato, debe entenderse la especie de bienes, y no el género en que ellos pueden clasificarse”.
Consejo de Estado. Multas. Naturaleza sancionatoria. Procedimiento para su imposición. Proceso sancionatorio. Ley 1150 de 2007. Modificación unilateral. (2013)
CE. 2157 Multas. Naturaleza sancionatoria, no indemnizatoria. “La modificación unilateral de un contrato estatal únicamente es procedente para la supresión o adición de obras, suministros o servicios, y siempre que se reúnan los supuestos de hecho y de derecho previstos en los artículos 14 y 16 de la ley 80 de 1993”. “el procedimiento para la imposición unilateral de multas en el contrato estatal se encuentra actualmente establecido en las leyes 1150 de 2007, artículo 17, y 1474 de 2011, artículo 86 y en los vacíos procedimentales que contengan dichas leyes, la Aerocivil podrá servirse del procedimiento administrativo sancionatorio general previsto en los artículos 47 y ss. de la ley 1437 de 2011”.
Consejo de Estado. Obligación de devolver a las entidades liquidadas los bienes no afectos a la prestación del servicio. (2013)
Consejo de Estado. Rad. 2109. Actor: Ministerio de Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones. Sala de Consulta y Servicio Civil. MP. William Zambrano Cetina. Fecha: 06/02/2013. “¿Teniendo en cuenta el Decreto Ley 1616 de 2003 y demás normas vigentes, así como el contenido del Contrato de Explotación suscrito el 13 de agosto de 2003, […]
Consejo de Estado. Concepto. Contrato de concesión. Alcances progresivos. Adición del contrato estatal. (2013)
CONTRATO DE CONCESION DE OBRA VIAL – Contrato de tercera generación. Adiciones. Alcances progresivos / CONTRATO DE CONCESION – Concepto. Generalidades / CONTRATO ESTATAL – Concepto de adición / ALCANCES PROGRESIVOS – Contratos de concesión de obra de infraestructura vial. Concepto. Naturaleza jurídica / CONTRATACION ESTATAL PRINCIPIOS GENERALES – Igualdad. Transparencia. Imparcialidad. Economía. Selección Objetiva. Libre concurrencia