Consejo de Estado. Pérdida de investidura. Inhabilidades e incompatibilidades. Celebración de contrato dentro del año anterior a la elección (concejo municipal). (2021)
El artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y las causales de pérdida de investidura previstas en el ordenamiento jurídico colombiano. La ignorancia de la Ley no sirve para excusar su transgresión. Celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros. La ignorancia de la Ley no sirve para excusar su transgresión. La antijuridicidad en materia penal y disciplinaria.