“Protocolo para la prevención, atención y medidas de protección de todas las formas de violencia contra las mujeres y basadas en género y/o discriminación por razón de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual o discapacidad, y demás razones de discriminación en el ámbito laboral y contractual del sector público; y la participación efectiva de la mujer en las diferentes instancias de la administración pública”.
- Se indica en las Consideraciones que la finalidad de la Directiva es erradicar los estereotipos discriminatorios dentro de la función pública y crear espacios seguros y libres de violencia para las mujeres en toda su diversidad, así como de otros sujetos de especial protección constitucional, tanto en el ámbito laboral como contractual de la administración pública.
- En los contratos de prestación de servicios se debe estipular cláusulas en la que los contratistas tengan la obligación de no ejercer ninguna forma de violencia contra las mujeres y basada en género, actos de racismo o discriminación, y a cumplir a cabalidad con el sistema de gestión de la entidad que incorpora el Protocolo.
- Implementar mecanismos para promover la DENUNCIA ante las autoridades competentes los delitos, contravenciones y faltas disciplinarias relacionadas con violencia contra las mujeres y basadas en género.