Consejo de Estado. CONTRATACIÓN DIRECTA. Escogencia del contratista. Procedimientos legales. Selección objetiva. La selección del contratista no está supeditada a la libre discrecionalidad o arbitrio de la Administración pública, sino que, por el contrario, debe sujetarse rigurosamente a ciertos requisitos y procedimientos establecidos en la ley. NULIDAD ABSOLUTA DEL CONTRATO. TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO (2007)