i) ¿Se consideran extemporáneas las observaciones relacionadas con un proponente que se presenten después de la adjudicación del contrato? y ii) ¿En qué casos puede una entidad estatal revocar de manera unilateral el acto administrativo de adjudicación de un contrato estatal? iii) ¿El acto que resuelve la revocatoria directa es susceptible de algún recurso? iv) ¿Qué mecanismos contempla el ordenamiento jurídico colombiano para cuestionar el contenido o la validez de los actos administrativos de adjudicación expedidos en Procesos de Contratación?

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