Consejo de Estado. DAÑOS DERIVADOS OBRA PÚBLICA. Cierre vial, ejecución de obra de pavimentación, y afectación del tránsito vehicular y peatonal que impacta acceso a un local comercial. REPARACIÓN DIRECTA. Disminución de ventas y posterior cierre del negocio ante la imposibilidad de operar. CADUCIDAD. En restricciones viales por ejecución de obras públicas, la caducidad inicia desde cuando se recupera la posibilidad de circulación. ENTREGA MATERIAL Y FORMAL DE LA OBRA. Finalización material de la obra: habilita el cómputo del término para demandar – CIERRE JURÍDICO DEL CONTRATO: trámite entre contratista y contratante que no interfiere en el conteo del plazo para demandar de los propietarios de locales contiguos a la vía objeto de intervención (2025)