Consejo de Estado. RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN CONTRA LAUDO ARBITRAL. Declara infundado. Principio de congruencia. Coadyuvantes. No se acreditaron los supuestos para la procedencia de la causal de revisión, porque contra el laudo procedía recurso (2024)
“Algunos de los bancos que intervinieron como coadyuvantes en el trámite arbitral convocado por la Concesionaria Ruta del Sol SAS en contra de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) interponen recurso extraordinario de anulación en contra del laudo arbitral y el auto aclaratorio proferidos los días 6 y 16 de agosto de 2019, respectivamente, con fundamento en la causal 8 del artículo 355 del CGP, esto es, existir nulidad originada en la sentencia que puso fin al proceso y que no era susceptible de recurso, para lo cual alegan el desconocimiento del principio de congruencia”.