Concepto CCE. SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA. Valor del contrato. MÍNIMA CUANTÍA. Día hábil para la presentación de ofertas (2024)
¿Cuál es el término legal para manifestar interés en procesos de contratación adelantados en la modalidad de selección abreviada de menor cuantía? ¿Cómo una Entidad Estatal determina el valor de un contrato? ¿Qué se entiende por día hábil para la presentación de ofertas en la modalidad de selección de mínima cuantía? "Conviene insistir en que el día hábil al que se refiere la ley es un tiempo mínimo, ya que las entidades tienen la facultad de estructurar procesos con plazos mayores para presentar ofertas, comoquiera que la ley no determina un tiempo máximo, lo cual resulta recomendable para la concurrencia de oferentes, sin perjuicio de la finalidad de esta modalidad de selección, que tiene como objetivo la provisión pronta y ágil de los bienes solicitados por las entidades estatales.
Debe reconocerse que no existe una acepción unívoca de día hábil, pues no existe certidumbre de cuáles son los días de la semana que pueden entenderse como hábiles, y ello en principio posibilita que las entidades regulen de manera disímil los términos de la modalidad de selección que aquí se trata".