Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Contratación directa. Ejecución de trabajos artísticos. ¿De acuerdo con el Artículo 2.2.1. 2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015, como debe realizarse la contratación de servicios artísticos y qué elementos lo componen? (2024)
"En conclusión, es la entidad contratante la que describe y justifica en los estudios previos, análisis del sector y estudio de conveniencia y oportunidad la necesidad de contratar la obra de arte, el talento artístico y/o actividad artística".